Artículo 2. Concordancia normativa.
Artículo 2 del Real Decreto 597/2002, de 28 de junio, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso en los centros docentes de formación del Cuerpo de la Guardia Civil. · BOE-A-2002-12893
Atención: Real Decreto 597/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Por lo que afecta a los aspirantes a ingreso en centros docentes de formación de la Guardia Civil, toda referencia al Real Decreto 1951/1995, de 1 de diciembre, y al Reglamento General de Ingreso y Promoción en las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil que aparezca en disposiciones legales o reglamentarias se entenderá hecha al presente Real Decreto y al Reglamento que aprueba.