El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigencia agotada

Artículo 2. Duración de la prórroga.

Artículo 2 del Real Decreto 555/2020, de 5 de junio, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. · BOE-A-2020-5767

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-06-06.

Texto consolidado

La prórroga establecida en este real decreto se extenderá desde las 00:00 horas del día 7 de junio de 2020 hasta las 00:00 horas del día 21 de junio de 2020, y se someterá a las mismas condiciones establecidas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y en las disposiciones que lo modifican, aplican y desarrollan, sin perjuicio de lo que se establece en los artículos siguientes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-06-06.

Más artículos de Real Decreto 555/2020

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 555/2020 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.