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Real Decreto Vigente

Artículo 2. Definiciones.

Artículo 2 del Real Decreto 47/2022, de 18 de enero, sobre protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias. · BOE-A-2022-860

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-21.

Texto consolidado

A los efectos de este real decreto se entiende por:

a) Compuesto nitrogenado: cualquier sustancia que contenga nitrógeno, excepto el nitrógeno molecular gaseoso.

b) Ganado: todos los animales criados con fines de aprovechamiento o lucrativos.

c) Fertilizante: el producto definido como tal en el artículo 2 del Reglamento (UE) 2019/1009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, por el que se regula la puesta a disposición en el mercado de los productos fertilizantes UE, así como los productos definidos en el artículo 2 del Real Decreto 506/2013, de 26 de junio, sobre productos fertilizantes.

d) Fertilizante químico: cualquier fertilizante fabricado mediante un proceso industrial.

e) Estiércol: los excrementos y residuos excretados por el ganado, solos o mezclados, aunque se hubieran transformado.

f) Aplicación sobre el terreno: la incorporación de sustancias al suelo, extendiéndolas sobre la superficie, inyectándolas, introduciéndolas bajo la superficie o mezclándolas con las capas superficiales del suelo.

g) Eutrofización: el aumento de la concentración de compuestos de nitrógeno y fósforo que provoca un crecimiento acelerado de cianobacterias, algas o plantas acuáticas superiores, causando trastornos negativos en el equilibrio de las poblaciones biológicas presentes en el medio acuático y en la propia calidad del agua.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-01-21.

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