Artículo 2. Nombramiento.
Artículo 2 del Real Decreto 40/2017, de 27 de enero, por el que se crea el Comisionado del Gobierno frente al Reto Demográfico y se regula su régimen de funcionamiento. · BOE-A-2017-915
Atención: Real Decreto 40/2017 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Comisionado del Gobierno será nombrado por el Consejo de Ministros, mediante real decreto, a propuesta de la Ministra de Política Territorial y Función Pública.
El Comisionado tendrá rango de Subsecretario. Su nombramiento se efectuará entre personas con cualificación y experiencia en el desempeño de puestos de responsabilidad en la gestión pública o privada, y que reúnan los requisitos de idoneidad previstos en la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado.#df
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto 863/2018, de 13 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Función Pública..