Artículo 2. Gestión.
Artículo 2 del Real Decreto 277/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Plan rector de uso y gestión del Parque Nacional Marítimo-Terrestre del Archipiélago de Cabrera. · BOE-A-1995-7056
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-03-23.
Texto consolidado
Por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través del Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza, se realizarán las actuaciones y se tomarán las decisiones propias de la gestión del Parque Nacional Marítimo-Terrestre del Archipiélago de Cabrera, de conformidad con lo establecido en el Plan rector de uso y gestión.
Para el cumplimiento de los objetivos definidos en el Plan rector de uso y gestión se habilitarán los recursos precisos, a través de las correspondientes consignaciones en el presupuesto de gastos del Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza (ICONA).