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Real Decreto Vigente

Artículo 2. Productos resultantes del tratamiento de residuos o del reprocesamiento de combustible gastado.

Artículo 2 del Real Decreto 243/2009, de 27 de febrero, por el que se regula la vigilancia y control de traslados de residuos radioactivos y combustible nuclear gastado entre Estados miembros o procedentes o con destino al exterior de la Comunidad. · BOE-A-2009-5489

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-04-03.

Texto consolidado

Este real decreto no afectará al derecho de España o de una empresa española a devolver los residuos radiactivos a su país de origen después de su tratamiento, ni a devolver al país de origen los residuos radiactivos recuperados como consecuencia de operaciones de reprocesamiento.

Dichos traslados y exportaciones serán objeto de vigilancia y control de conformidad con los procedimientos establecidos en el presente real decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-04-03.

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