Artículo 2. Modificación de la zona establecida en el artículo anterior.
Artículo 2 del Real Decreto 236/2013, de 5 de abril, por el que se establece la Zona Económica Exclusiva de España en el Mediterráneo noroccidental. · BOE-A-2013-4049
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-04-17.
Texto consolidado
Los límites que se establecen en el artículo anterior podrán ser modificados, en su caso, en función de los acuerdos de delimitación que puedan concluirse con el Estado ribereño afectado al amparo del artículo 74 de la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de 10 de diciembre de 1982.
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