Artículo 2. Competencias.
Artículo 2 del Real Decreto 2195/2004, de 25 de noviembre, por el que se regula la estructura orgánica y las funciones del Consejo Superior de Deportes. · BOE-A-2004-20022
Atención: Real Decreto 2195/2004 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Corresponde al Consejo Superior de Deportes el ejercicio de las competencias que le atribuye la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, y las que se le atribuyan en la normativa legal o reglamentaria, así como el de aquellas otras destinadas a desarrollar el artículo 43.3 de la Constitución.