Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2 del Real Decreto 176/2023, de 14 de marzo, por el que se desarrollan entornos más seguros de juego. · BOE-A-2023-6735
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-09-15.
Texto consolidado
Estarán sujetos a lo dispuesto en este real decreto los operadores que desarrollen una actividad de juego comprendida en el ámbito de aplicación de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, que esté sometida a identificación de usuario y con cuenta de juego, incluyendo los operadores designados para la comercialización de los juegos de loterías regulados en esa ley.