Artículo 2. Formación militar y concesión de empleos eventuales.
Artículo 2 del Real Decreto 173/2023, de 14 de marzo, por el que se regula la formación y carrera militar de Su Alteza Real la Princesa de Asturias, doña Leonor de Borbón y Ortiz. · BOE-A-2023-6731
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-16.
Texto consolidado
1. La formación militar de Su Alteza Real la Princesa de Asturias comprenderá tres cursos académicos que se desarrollarán sucesivamente en la Academia General Militar, Escuela Naval Militar y Academia General del Aire. El acceso a la formación militar de los distintos centros docentes militares de formación se llevará a cabo teniendo en cuenta las exigencias de su alta representación y su condición de Heredera de la Corona de España.
2. Se incorporará a la Academia General Militar como Dama Cadete en el curso académico 2023-2024. Iniciará el curso con los alumnos de primero hasta la Jura de Bandera. Tras la Jura de Bandera pasará a integrarse con los alumnos de segundo curso. Al finalizar el curso será nombrada Alférez Alumna.
3. Se incorporará a la Escuela Naval Militar como Guardiamarina de Primero, siendo su fecha de inicio la del curso académico 2024-2025, integrándose en la promoción que inicie sus estudios en el tercer curso. Al finalizar el curso será nombrada Guardiamarina de Segundo.
4. Se incorporará a la Academia General del Aire como Alférez Alumna, siendo su fecha de inicio la del curso académico 2025-2026, integrándose en la promoción que inicie sus estudios en el cuarto curso.
5. Una vez finalizados los estudios del curso académico 2025-2026 se le concederá el empleo de Alférez de Fragata Alumna.
6. Los nombramientos de ingreso en las distintas academias militares y concesión de los empleos eventuales correspondientes se efectuarán por real decreto.