Artículo 2.
Artículo 2 del Real Decreto 1640/1996, de 5 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de espectáculos públicos. · BOE-A-1996-17539
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-07-31.
Texto consolidado
En consecuencia, quedan traspasados a la Comunidad Autónoma de Galicia las funciones y servicios que se relacionan en el referido Acuerdo de la Comisión Mixta, en los términos allí especificados.