El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 2. Competencias.

Artículo 2 del Real Decreto 1637/2011, de 14 de noviembre, por el que se establece la composición, competencias y régimen de funcionamiento de la Comisión Filatélica del Estado y se regulan las emisiones de sellos de correo y otros signos de franqueo. · BOE-A-2011-18539

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-11-26.

Texto consolidado

Son competencias de la Comisión Filatélica del Estado:

a) Elaborar el programa anual de emisiones de sellos de correo y demás signos de franqueo.

b) Proponer los temas de los sellos a emitir.

c) Realizar recomendaciones, informar propuestas normativas y cualquier otra cuestión que le sometan a consulta los Ministerios de Fomento y de Economía y Hacienda en materia filatélica.

d) Realizar un seguimiento de las emisiones de sellos y demás signos de franqueo efectuadas.

e) Impulsar y coordinar fórmulas de colaboración y de cooperación con otras instituciones y organismos de otros Estados en el ámbito de sus competencias.

f) Cualesquiera otras que, en materia filatélica, le atribuya la normativa vigente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-11-26.

Más artículos de Real Decreto 1637/2011

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1637/2011 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.