Artículo 2. Modalidades y categorías.
Artículo 2 del Real Decreto 153/2022, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Medalla y la Placa al Mérito en el Trabajo. · BOE-A-2022-4360
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-20.
Texto consolidado
1. La Medalla y la Placa al Mérito en el Trabajo tendrán las siguientes tres modalidades:
a) Medalla y Placa al Mérito en el Trabajo: modalidad «Excelencia».
b) Medalla y Placa al Mérito en el Trabajo: modalidad «Igualdad».
c) Medalla y Placa al Mérito en el Trabajo: modalidad «Salud Laboral».
2. En cada una de las tres modalidades podrá otorgarse cada año la medalla o la placa de categoría especial, en aquellos casos en que la correspondiente contribución revista una especial notoriedad, bien por la actividad desarrollada o por los resultados obtenidos.