Artículo 2.
Artículo 2 del Real Decreto 1520/1991, de 25 de octubre, por el que se extingue la Confederación Nacional de Cámaras Agrarias. · BOE-A-1991-25971
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-10-27.
Texto consolidado
Se crea una Comisión gestora adscrita al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a los solos efectos de realizar las operaciones necesarias para la liquidación de los derechos y obligaciones patrimoniales de la Confederación Nacional de Cámaras Agrarias.