Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2 del Real Decreto 1507/2003, de 28 de noviembre, por el que se establece el Programa nacional de control de las plagas de langosta y otros ortópteros. · BOE-A-2003-22863
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-01-02.
Texto consolidado
El programa que se aprueba y las medidas de él dimanantes serán de aplicación en todo el territorio nacional.