Artículo 2. Unidad técnica de apoyo y coordinación de las autoridades de vigilancia.
Artículo 2 del Real Decreto 143/2026, de 25 de febrero, por el que se crea y regula la Unidad técnica de apoyo y coordinación de las autoridades de vigilancia en materia de requisitos de accesibilidad. · BOE-A-2026-4520
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-02-28.
Texto consolidado
La condición de Unidad técnica de apoyo y coordinación de las autoridades vigilancia (en adelante, Unidad técnica) a que se refiere el artículo 1 se asume por la Dirección General de Derechos de las Personas con Discapacidad, órgano directivo del departamento competente en materia de discapacidad.