Artículo 2. Atribuciones.
Artículo 2 del Real Decreto 1424/1998, de 3 de julio, por el que se constituye y organiza el Real Patronato de la Ciudad de Toledo. · BOE-A-1998-17041
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-07-18.
Texto consolidado
Para la consecución de los fines previstos en el artículo anterior, serán atribuciones específicas del Real Patronato las siguientes:
a) Promover la ejecución de obras, servicios e instalaciones en general, así como la construcción y establecimiento de medios adecuados de transportes y comunicaciones urbanos e interurbanos relacionados con los objetivos del Real Patronato.
b) Impulsar la coordinación de las inversiones que se proyecten por las Administraciones públicas para la realización de las obras, servicios e instalaciones antes referidos.
c) Promover iniciativas y proyectos culturales orientados a la conservación del patrimonio histórico y a la potenciación de la ciudad de Toledo como lugar de encuentro de culturas diversas.