Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2 del Real Decreto 1400/2018, de 23 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre seguridad nuclear en instalaciones nucleares. · BOE-A-2018-16041
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-11-25.
Texto consolidado
Las disposiciones de este Reglamento son de aplicación a las siguientes instalaciones:
a) Toda central o reactor nuclear, instalación de enriquecimiento de combustible nuclear, instalación de fabricación de elementos combustibles nucleares, instalación de reprocesamiento de combustible nuclear gastado, instalación de almacenamiento temporal de combustible nuclear gastado o residuos radiactivos de alta actividad.
b) Las instalaciones de almacenamiento temporal de residuos radiactivos que se encuentren en el mismo emplazamiento y estén directamente relacionadas con las instalaciones enumeradas en la letra a).