Artículo 2. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
Artículo 2 del Real Decreto 1313/2010, de 20 de octubre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales. · BOE-A-2010-16023
Atención: Real Decreto 1313/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Corresponde al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación la dirección de la política exterior y de la de cooperación internacional para el desarrollo, de conformidad con las directrices del Gobierno y en aplicación del principio de unidad de acción en el exterior.
2. El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación queda estructurado en los siguientes órganos superiores:
a) La Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores e Iberoamericanos.
b) La Secretaría de Estado para la Unión Europea.
c) La Secretaría de Estado de Cooperación Internacional.