Artículo 2. Estructura orgánica de la mutualidad.
Artículo 2 del Real Decreto 1206/2006, de 20 de octubre, por el que se regulan la composición y funciones de los órganos de gobierno, administración y representación de la Mutualidad General Judicial. · BOE-A-2006-19175
Atención: Real Decreto 1206/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Mutualidad General Judicial, para el ejercicio de sus funciones, se estructura en los siguientes órganos:
a) De participación en el control y vigilancia de la gestión:
1.º La Asamblea General.
2.º La Comisión Permanente.
b) De dirección y gestión:
1.º La Gerencia.
2.º Los Delegados Provinciales.
Más artículos de Real Decreto 1206/2006
- ← Artículo 1. Naturaleza jurídica, finalidad y adscripción.
- → Artículo 3. Composición de la Asamblea General.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1206/2006, de 20 de octubre, por el que se regulan la composición y funciones de los órganos de gobierno, administración y representación de la Mutualidad General Judicial.