Artículo 2.
Artículo 2 del Real Decreto 1093/1987, de 19 de junio, por el que se modifican los métodos de análisis contenios en el anexo de la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de Pastas Alimenticias, aprobada por Decreto 2181/1975, de 12 de septiembre. · BOE-A-1987-21011
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-10-08.
Texto consolidado
Cuando existan métodos oficiales para determinados análisis, y hasta tanto los mismos no sean propuestos por el órgano competente y previamente informados por la Comisión Interministerial para la ordenación alimentaria, podrán ser utilizados los aprobados por los Organismos nacionales o internacionales de reconocida solvencia.
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