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Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 2.

Artículo 2 del Real Decreto 1084/1991, 5 de julio, sobre Sociedades Anónimas Deportivas. · BOE-A-1991-18227

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-04-29.

Texto consolidado

1. Las sociedades anónimas deportivas tendrán como objeto social la participación en competiciones deportivas de carácter profesional y, en su caso, la promoción y el desarrollo de actividades deportivas, así como otras actividades relacionadas o derivadas de dicha práctica.

2. Las sociedades anónimas deportivas establecerán en sus Estatutos su objeto social, dentro del marco expresado en el apartado anterior.

3. Unicamente podrán constituirse sociedades anónimas deportivas cuando su objeto social principal resulte legalmente posible en España por existir competición profesional en esa modalidad deportiva.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-04-29.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1995-10363.

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