Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2 del Real Decreto 1056/2022, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Director de la Red de Áreas Marinas Protegidas de España y los criterios mínimos comunes de gestión coordinada y coherente de la Red. · BOE-A-2022-23750
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-31.
Texto consolidado
1. El Plan Director es de aplicación a todos los espacios marinos protegidos referidos en el artículo 26 de la Ley 41/2010, de 29 de diciembre, que se incorporen a la RAMPE.
2. La gestión de los espacios marinos protegidos incluidos en la RAMPE se ajustará a los criterios mínimos comunes sin perjuicio de lo previsto en la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado que regula la gestión de las reservas marinas.
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