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Orden Vigencia agotada

Artículo 2.

Artículo 2 de la Orden TMA/230/2020, de 15 de marzo, por la que se concreta la actuación de las autoridades autonómicas y locales respecto de la fijación de servicios de transporte público de su titularidad. · BOE-A-2020-3698

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-03-15.

Texto consolidado

Las autoridades locales que, en virtud del artículo anterior, fijen porcentajes de reducción de los servicios públicos de transporte regular de viajeros de su titularidad deberán comunicarlo a la correspondiente comunidad autónoma. Las comunidades autónomas, por su parte, deberán comunicar al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la información que hayan recibido de las autoridades locales de su territorio, así como los suyos propios, con objeto de que puedan coordinarse las actuaciones en todo el territorio nacional.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-03-15.

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