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Orden Vigente

Artículo 2. Compensación de los gastos causados por comparecencias solicitadas por las entidades gestoras o mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Artículo 2 de la Orden TIN/971/2009, de 16 de abril, por la que se establece la compensación de gastos de transporte en los casos de asistencia sanitaria derivada de riesgos profesionales y de comparecencias para la realización de exámenes o valoraciones médicas. · BOE-A-2009-6612

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-04-22.

Texto consolidado

En los casos de comparecencias requeridas por las entidades gestoras o mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales para la realización de exámenes o valoraciones médicas, en los procesos derivados de contingencias tanto comunes como profesionales, los gastos de transporte ocasionados serán objeto de la correspondiente compensación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-04-22.

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