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Orden Vigente

Artículo 2. Comisión Asesora de Estudios.

Artículo 2 de la Orden TES/1303/2020, de 31 de diciembre, por la que se crea y regula la Comisión Asesora de Estudios y se establece la regulación del Programa de Estudios del Departamento. · BOE-A-2021-130

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-06.

Texto consolidado

1. La Comisión Asesora de Estudios se configura como órgano colegiado, adscrito a la Subsecretaría de Trabajo y Economía Social, a través de la Secretaría General Técnica, en el que están representadas todas las áreas del Ministerio, con la finalidad de asesorar y coordinar la actividad de estudio e investigación, verificar el cumplimiento de los objetivos de esta, e impulsar su difusión.

2. Corresponderá a la Comisión Asesora de Estudios:

a) La fijación de prioridades y objetivos de estudio, en base a las líneas directrices de las políticas del Departamento.

b) El asesoramiento y coordinación en la elaboración del Proyecto de Programa de Estudios anual.

c) El informe del Proyecto de Programa de Estudios, previo a su elevación al titular del Departamento para su aprobación.

d) El seguimiento de la ejecución del Programa de Estudios aprobado y del cumplimiento de los objetivos previstos.

e) El impulso de la difusión de los estudios realizados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-06.

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