Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2 de la Orden TEC/351/2019, de 18 de marzo, por la que se aprueba el Índice Nacional de Calidad del Aire. · BOE-A-2019-4494
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-29.
Texto consolidado
El Índice Nacional de Calidad del Aire, se aplicará a todo el territorio nacional, por lo que servirá de referencia para todas comunidades autónomas y entes locales con competencias sobre la gestión de la calidad del aire en su ámbito territorial.