Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2 de la Orden PRE/1832/2011, de 29 de junio, por la que se regula el área de control del dopaje, el material para la toma de muestras y el protocolo de manipulación y transporte de muestras de sangre. · BOE-A-2011-11347
Atención: Orden PRE/1832/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Esta Orden será de aplicación en los controles del dopaje que se realicen a los deportistas con licencia para participar en competiciones oficiales de ámbito estatal, o autonómica homologada.
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