Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2 de la Orden PRE/1563/2006, de 19 de mayo, por la que se regula el procedimiento para la remisión telemática de las disposiciones y actos administrativos de los departamentos ministeriales que deban publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» · BOE-A-2006-9004
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-25.
Texto consolidado
La presente orden es de aplicación a todas aquellas disposiciones y actos administrativos de los departamentos ministeriales y sus organismos adscritos que no adopten la forma de real decreto y deban publicarse, de conformidad con lo previsto por el Real Decreto 1511/1986, de 6 de junio, de ordenación del diario oficial del Estado, en las secciones I, II y III del «Boletín Oficial del Estado».
Véase la Orden PRE/987/2008, de 8 de abril. Ref. BOE-A-2008-6370 y la Orden PCI/1377/2018, de 18 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-17684, por la que se amplía el ámbito de aplicación.
Véase la Orden PCI/1377/2018, de 18 de diciembre, por la que se amplía a la Fiscalía General del Estado el ámbito de aplicación. Ref. BOE-A-2018-17684
Véase la Orden PRE/987/2008, de 8 de abril, por la que se amplía el ámbito de aplicación. Ref. BOE-A-2008-6370.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2018-17684.
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