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Orden Derogada

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Artículo 2 de la Orden ITC/3126/2005, de 5 de octubre, por la que se aprueban las normas de gestión técnica del sistema gasista. · BOE-A-2005-16830

Atención: Orden ITC/3126/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las Normas de Gestión Técnica del Sistema gasista serán de aplicación al propio Gestor Técnico del Sistema, a todos los sujetos que accedan al mismo, a los titulares de las instalaciones gasistas y a los consumidores.

Las Normas se aplicarán en todas las instalaciones del sistema gasista español, según se determinan por el artículo 59 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-11-01.

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