Artículo 2. Establecimiento del precio del gas natural a efectos de la retribución de los grupos de generación del sistema eléctrico balear.
Artículo 2 de la Orden ITC/1559/2010, de 11 de junio, por la que se regulan diferentes aspectos de la normativa de los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares. · BOE-A-2010-9417
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-31.
Texto consolidado
(Derogado).
Se modifica, con efectos de 1 de octubre de 2021, por el art. único.1 a 5 de la Orden TED/1021/2021, de 27 de septiembre. Ref. BOE-A-2021-15775
Téngase en cuenta, para estas modificaciones, el periodo transitorio establecido en la disposición transitoria única de la citada orden.
Se modifican los apartados 2, 4 y se añaden los apartados 5 y 6 por la disposición final 3 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio. Ref. BOE-A-2015-8646.
Redactados los apartados 1 y 2 conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 194, de 11 de agosto de 2010. Ref. BOE-A-2010-12972.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2022-23752.
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