Artículo 2. Sedes electrónicas que se crean.
Artículo 2 de la Orden INT/649/2010, de 12 de marzo, por la que se crean varias sedes electrónicas en el Ministerio del Interior. · BOE-A-2010-4443
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-03-18.
Texto consolidado
Con el ámbito y características que se recogen en esta orden, se crean las siguientes sedes electrónicas:
a) Sede electrónica central del Ministerio del Interior.
b) Sede electrónica de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito del Cuerpo Nacional de Policía).
c) Sede electrónica de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, (ámbito Guardia Civil).