Artículo 2. Dirección del Registro Electrónico.
Artículo 2 de la Orden INT/2595/2010, de 29 de septiembre, por la que se crea y regula el Registro Electrónico en el Ministerio del Interior. · BOE-A-2010-15318
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-10-08.
Texto consolidado
El acceso de los interesados al Registro Electrónico estará disponible a través de la dirección https://sede.mir.gob.es de la Sede Electrónica Central del Ministerio del Interior.