El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Artículo 2. Revisión de la retribución de los años 2014 y 2015.

Artículo 2 de la Orden IET/2736/2015, de 17 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas para el 2016. · BOE-A-2015-13783

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-01.

Texto consolidado

1. Las revisiones de la retribución por disponibilidad y por continuidad de suministro de los años 2014 y 2015 de las actividades reguladas de transporte, regasificación y almacenamiento subterráneo se incluirán de la siguiente forma:

a) Las revisiones correspondientes a las retribuciones de 2014, se incluirá en la liquidación definitiva del ejercicio 2014.

b) Las revisiones correspondientes a las retribuciones de 2015, se incluirán en la primera liquidación disponible del 2015.

En el anexo, junto a la retribución para el año 2016, se recogen los ajustes de las retribuciones de los años 2014 y 2015, en aplicación de lo dispuesto en la disposición final cuarta de la Ley 8/2015, de 21 de mayo, por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y por la que se regulan determinadas medidas tributarias y no tributarias en relación con la exploración, investigación y explotación de hidrocarburos.

2. Revisión de la retribución por traspaso de activos, fusiones y adquisiciones.

Las retribuciones de Gas Natural Distribución SDG, S.A. y Gas Natural Madrid SDG, S.A. correspondientes al término Rn-1 y a los ejercicios 2014 y 2015 serán las siguientes:

a) La retribución Rn-1 asignada a Gas Natural Distribución SDG, S.A. en el apartado 6 del anexo X de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, y posteriormente actualizada de acuerdo con los valores definitivos de clientes y ventas del año 2013, se repartirá entre dicha empresa y Gas Natural Madrid, S.A. de acuerdo a la siguiente tabla.

Gas Natural Distribución SDG, S.A.

446.947.501

Gas Natural Madrid SDG, S.A.

147.467.631

594.415.132

b) Las retribuciones del año 2014 de ambas compañías, calculadas con los valores definitivos de clientes y ventas de dicho ejercicio y aplicando las metodologías de la Orden ITC/3993/2006, de 29 de diciembre, por la que se establece la retribución de determinadas actividades reguladas del sector gasista y de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, serán las siguientes:

Ley 18/2014

O.M. ITC/3993/2006

Gas Natural Distribución SDG, S.A.

420.313.121

482.583.692

Gas Natural Madrid SDG, S.A.

144.293.153

165.802.190

564.606.274

648.385.882

c) Las retribuciones del año 2015 de ambas compañías, calculadas según la metodología del anexo XI de la Ley 18/2014, de 15 de octubre y empleando los valores provisionales de clientes y ventas disponibles a 1 de noviembre de 2015 son las siguientes:

Gas Natural Distribución SDG,S.A.

434.410.730

Gas Natural Madrid SDG, S.A.

149.562.649

583.973.379

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-01-01.

Más artículos de Orden IET/2736/2015

En El Vínculo puedes leer Orden IET/2736/2015 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.