Artículo 2. Reducción en 2022 del rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva para las actividades agrícolas, ganaderas y forestales.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-25.
Texto consolidado
La reducción prevista en la disposición adicional primera de la Orden HFP/1335/2021, de 1 de diciembre, por la que se desarrollan, para el año 2022, el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, será del 25 por ciento para las actividades incluidas en el anexo I de la citada orden.
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- Ver la norma completa: Orden HFP/405/2023, de 18 de abril, por la que se reducen para el período impositivo 2022 los índices de rendimiento neto y la reducción general aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.