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Orden Vigente

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Artículo 2 de la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. · BOE-A-2021-15861

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-10-01.

Texto consolidado

1. Todas las entidades del sector público estatal, incluidas las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social, autonómico y local, que gestionen o ejecuten proyectos, subproyectos o líneas de acción de dicho Plan estarán obligadas a la remisión de información sobre el seguimiento del grado de avance de los hitos y objetivos y la ejecución contable de los gastos imputados a proyectos o líneas de acción del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

2. La información de ejecución contable de los gastos imputados a proyectos o líneas de acción de la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU) se entenderá aportada a través del fondo o fondos europeos a través de los que se canalice esta ayuda, por lo que la información correspondiente a este ámbito se remitirá mediante el procedimiento seguido hasta el momento, diferente del regulado en esta orden.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-10-01.

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