Artículo 2. Funcionamiento de la Junta de Contratación Centralizada.
Artículo 2 de la Orden HAP/2028/2013, de 30 de octubre, por la que se regula el funcionamiento de la Junta de Contratación Centralizada y la composición y funciones de la Comisión Permanente. · BOE-A-2013-11519
Atención: Orden HAP/2028/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Junta de Contratación Centralizada actuará bien en Pleno o bien en Comisión Permanente, como órgano de contratación colegiado en el ámbito de las competencias atribuidas por el ordenamiento jurídico. El Pleno y la Comisión Permanente ejercerán, respectivamente, las funciones descritas en los artículos 3 y 4 de esta orden.
Más artículos de Orden HAP/2028/2013
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