El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Artículo 2. Beneficiarios.

Artículo 2 de la Orden HAP/1808/2014, de 29 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las organizaciones sindicales presentes en las Mesas Generales de Negociación de la Ley 7/2007, de 12 de abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, en las que participa la Administración General del Estado, como apoyo instrumental a su participación en las mismas. · BOE-A-2014-10157

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-10-07.

Texto consolidado

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se regulan en la presente orden las organizaciones sindicales constituidas de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, que hayan obtenido representación suficiente en las elecciones a órganos de representación del personal, Delegados de Personal, Juntas de Personal y Comités de Empresa, en el conjunto de las Administraciones Públicas y de la Administración General del Estado, de las que derive su presencia en las Mesas Generales de Negociación citadas en el artículo 1 de la presente orden ministerial.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-10-07.

Más artículos de Orden HAP/1808/2014

En El Vínculo puedes leer Orden HAP/1808/2014 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.