Artículo 2. Límites de las garantías vinculadas a la licencia singular para la explotación de las apuestas hípicas mutuas.
Artículo 2 de la Orden EHA/3083/2011, de 8 de noviembre, por la que se aprueba la reglamentación básica de las apuestas hípicas mutuas. · BOE-A-2011-17967
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-12-18.
Texto consolidado
Se aprueban los límites correspondientes a las garantías vinculadas a la licencia singular para la explotación de las apuestas hípicas mutuas que figuran como anexo II de esta Orden.
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