Artículo 2. Fechas de realización y resultados.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-03-20.
Texto consolidado
No obstante lo dispuesto en el artículo primero, las pruebas de evaluación del curso 2019/2020 se realizarán teniendo en cuenta lo siguiente:
a) Las fechas de referencia que figuran en el artículo 9 de la Orden del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ECD/65/2018, de 29 de enero, por la que se regulan las pruebas de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria, para el curso 2017/2018, serán las correspondientes al curso escolar 2019/2020.
b) Los resultados de las evaluaciones serán confidenciales y en ningún caso tendrán efectos académicos para el alumnado, ni podrán ser utilizados para el establecimiento y publicación de clasificaciones de los centros.
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- Ver la norma completa: Orden EFP/255/2020, de 11 de marzo, por la que se regulan las pruebas de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria, para el curso 2019/2020, y se modifica la Orden ECD/65/2018, de 29 de enero, por la que se regulan las pruebas de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria, para el curso 2017/2018.