Artículo 2. Determinación de las titulaciones de Técnico Superior y de las enseñanzas artísticas superiores que se podrán exigir en la correspondiente convocatoria para el ingreso en los centros docentes militares de formación, para acceder a las diferentes escalas de suboficiales de las Fuerzas Armadas.
Artículo 2 de la Orden DEF/462/2022, de 20 de mayo, por la que se determinan las titulaciones requeridas para ingresar en los centros docentes militares de formación para acceso a las diferentes escalas de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2022-8519
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-05-26.
Texto consolidado
Las titulaciones de Técnico Superior que se podrán exigir en la correspondiente convocatoria para el ingreso en los centros docentes militares de formación para acceder a las diferentes escalas de suboficiales de las Fuerzas Armadas, especificadas para cada Ejército y Especialidad Fundamental, se relacionan en el anexo V.
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