Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2 de la Orden DEF/183/2022, de 7 de marzo, por la que se aprueba el Plan de Acción Individual para el Desarrollo Profesional dirigido a los militares profesionales de tropa y marinería y a los Reservistas de Especial Disponibilidad. · BOE-A-2022-4023
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-16.
Texto consolidado
1. El Plan está dirigido al personal de las escalas de tropa y marinería en servicio activo y a los Reservistas de Especial Disponibilidad procedentes de estas escalas.
2. El personal que esté en alguna situación administrativa que conlleve tener en suspenso su condición de militar no podrá ser beneficiario de las actuaciones objeto de este Plan, exceptuando aquel que se encuentre en las situaciones de excedencia voluntaria por agrupación familiar, por cuidado de familiares o por razón de violencia de género.
3. Su desarrollo afecta a todos los órganos directivos y organismos autónomos del Ministerio de Defensa, así como a aquellos otros que dependan orgánicamente del Estado Mayor de la Defensa, de los Ejércitos y de la Armada.
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