Artículo 2.
Artículo 2 de la Orden de 25 de noviembre de 1997 por la que se regula la inspección técnica de los vehículos de la Dirección General de la Policía. · BOE-A-1997-25478
Atención: BOE-A-1997-25478 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Para la exención de la obligatoriedad de la inspección en razón de la no utilización del vehículo en las vías públicas, será requisito necesario que se anule la póliza del seguro que lo cubre, además de la obtención de su baja temporal otorgada por el organismo competente.