Artículo 2.
Artículo 2 de la Orden de 17 de noviembre de 1989 por la que se establece un programa de promoción de la lucha integrada contra las plagas de los diferentes cultivos a través de las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIAs). · BOE-A-1989-27656
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-12-12.
Texto consolidado
La Dirección General de Producción Agraria y en el marco de sus competencias, establecerá un programa de actuaciones de acuerdo con las previsiones presupuestarias y las propuestas de las Comunidades Autónomas interesadas en impulsar la aplicación de la lucha integrada en su ámbito territorial.