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Orden Vigente

Artículo 2. Estructura.

Artículo 2 de la Orden de 10 de junio de 1998 por la que se crea el Comité Consultivo del Sector Pesquero. · BOE-A-1998-13841

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-06-13.

Texto consolidado

1. El Comité Consultivo del Sector Pesquero estará integrado por representantes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y de las organizaciones o asociaciones de empresarios y trabajadores del sector pesquero de mayor implantación.

2. Cuando la naturaleza de los asuntos a tratar lo aconseje podrán participar en las reuniones del Comité representantes de las Comunidades Autónomas.

3. Asimismo, podrán ser convocadas a las reuniones expertos de reconocido prestigio cuando se considere necesario.

4. El Comité Consultivo del Sector Pesquero se adscribe a la Secretaría General de Pesca Marítima.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-06-13.

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