Artículo 2. De su ámbito.
Artículo 2 de la Orden APM/1274/2017, de 13 de diciembre, por la que se aprueban los Estatutos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida "Jabugo". · BOE-A-2017-15454
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-12-26.
Texto consolidado
1. El Consejo Regulador es la entidad de gestión de la DOP Jabugo y su norma de funcionamiento son los presentes Estatutos y el Pliego de condiciones de la DOP, en el que está delimitado su ámbito territorial.
2. Su domicilio se encuentra en Jabugo (Huelva), Avenida Infanta María Luisa, s/n.