Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2 de la Orden AAA/1760/2016, de 28 de octubre, por la que se regula la estructura informática del Registro de Aguas y de la Base Central del Agua. · BOE-A-2016-10328
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-11-09.
Texto consolidado
Lo dispuesto en esta orden será de aplicación al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, los Organismos de cuenca y las Administraciones hidráulicas de las comunidades autónomas que tengan transferidas sus competencias.