Artículo 2.
Artículo 2 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra. · BOE-A-1995-16401
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-01-01.
Texto consolidado
La regulación de los recursos económicos establecida en esta Ley Foral, tiene por finalidad garantizar la plena efectividad de los principios constitucionales de autonomía y suficiencia financiera necesarios para el ejercicio de las competencias y funciones que las leyes atribuyen a las entidades locales.