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Ley Foral Vigente

Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación.

Artículo 2 de la Ley Foral 18/2020, de 16 de diciembre, sobre medidas a favor del arraigo empresarial y contra la deslocalización empresarial. · BOE-A-2021-527

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-12-22.

Texto consolidado

1. La presente ley foral será aplicable a las empresas con centro de trabajo en Navarra que hayan obtenido ayudas, en los casos y en la forma que se exponen en el siguiente artículo.

2. A través de la presente ley foral, se pretende garantizar que las ayudas que reciben las empresas de las entidades contempladas en el apartado 1 de este artículo sean para realizar una aportación económica y social al desarrollo de Navarra, a fin de hacer frente a procesos de deslocalización.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-12-22.

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