Artículo 2. Naturaleza jurídica y competencias.
Artículo 2 de la Ley Foral 17/1998, de 19 de noviembre, de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Navarra. · BOE-A-1999-298
Atención: Ley Foral 17/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La Cámara Oficial de Comercio e Industria de Navarra es una Corporación de derecho público con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, que se configura como órgano consultivo y de colaboración con las Administraciones Públicas, sin menoscabo de los intereses privados que persigue. Su estructura y funcionamiento deberán ser democráticos.
2. Sin perjuicio de los derechos de libertad sindical y de asociación empresarial y de las actuaciones que puedan realizar otras organizaciones sociales legalmente constituidas, corresponde a la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Navarra el ejercicio de las siguientes competencias:
a) La representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio y de la industria de la Comunidad Foral.
b) La prestación de servicios de información, formación, asesoramiento y asistencia técnica a sus electores.
c) Las funciones de carácter público-administrativo legalmente atribuidas.
d) La gestión de aquellos servicios públicos que se le encomienden o deleguen en la forma prevista en las leyes.